EL JUEZ QUE JURÓ EN UN BAR: RECHAZO DEL SENADO A GARCÍA MANSILLA Y LIJO

El Senado rechazó los nombramientos de García Mancilla y Lijo, para la Corte Suprema de Justicia de la Nación, máximo instancia judicial de la República.

Por Gastón Fraga: Concejal del partido de Moreno, Bs As - Unión X La Patria.


Estos dos habían sido nombrados por Milei,  sin utilizar el camino constitucional establecido: según el art. 99 inc. 4 de la C.N. tiene que proponerlos al Senado, y estos, en audiencia pública, aprobar la designación por las 2/3 partes de la Cámara. Para colmo se les tomó jura de forma totalmente secreta, sin familiares, medios, ni aclarando donde fue tomada (sólo se sabe que estaban en un bar a una cuadra de tribunales ese día). Raro. 

Pero pese a la claridad del Articulo 99 inc. 4, Milei forzó burdamente el inciso 19 del Art. 99, para nombrar a estos jueces “en comisión”, facultad que no se consagró para el nombramiento de quienes son la cúspide del ordenamiento judicial argentino.

El mismo artículo 99, de forma taxativa, establece el procedimiento por el cual deben nombrarse a los magistrados de la Corte, no resiste el menor análisis que  la propia constitución, unos incisos más abajo, trasvierta el proceso ya fijado, mas aun cuando no ha existido en el caso de Lijo y Gracia Mancilla situaciones extraordinarias que justifiquen este proceso express (72 horas para nombrarlos).

Pero al rechazo por el Senado, se suma la medida cautelar del Juez Ramos Padilla, que dictaminó que García Mancilla debe “abstenerse de conocer y decidir en todas aquellas causas que actúe como –juez en comisión- de la Corte”.

Ramos Padilla recuerda que en 100 años no existe un solo nombramientos de jueces en comisión, siendo que además en 1994 al reformarse la Constitución, específicamente se estableció el acuerdo del senado para el nombramiento de jueces de corte.

Pese al rechazo del senado y la cautelar dictada, el Juez pretende mantenerse en su cargo, cuando de forma expresa ha sido rechazado su nombramiento. Esta pretendida usurpación, daña de forma contundente un ya desprestigiado poder judicial, más aun cuando se trata del máximo garante en el control de constitucional de la república argentina.

Si un Juez de Corte accede a este lugar de forma ilegítima, todo el resto de la pirámide judicial carece de legitimidad, mas aun cuando es quien debe controlar la constitucionalidad de los actos administrativos de gobierno que dicta el presidente.

Este duro golpe a las intenciones de Milei de conseguir su mayoría absoluta en la Corte –al estilo menemista en los ´90- es un claro limite marcado por la institucionalidad del país. Y se da no casualmente, cuando su interna con Villarruel se profundiza, a derrumbado los vínculos con muchos de los propios (Abdala por ejemplo), y con su prestigio golpeado con la estafa de $Libra con los jóvenes del trading, la no foto con Trump, es decir, devaluado con todos los propios –sin contar la bronca por su discurso el 2 de abril-.

Las legislativas parecen cada vez más lejos -y con un constante aumento de la inflación-, la tranquilidad oficialista de fin de año pasado, cada día esta menos clara.